Diferencias entre el Modelo 720, D-6 y 714 qué declarar y fechas clave
El sistema tributario español cuenta con diversos modelos fiscales que los contribuyentes deben presentar en función de su situación económica y patrimonial.
Entre estos, el Modelo 720, el Modelo D-6 y el Modelo 714 son especialmente importantes para quienes tienen bienes y derechos en el extranjero o inversiones financieras. Aunque estos formularios pueden parecer similares, existen diferencias clave en cuanto a qué tipo de bienes se deben declarar, quiénes están obligados a presentarlos y las fechas límite de entrega.
En este artículo, profundizaremos en las diferencias más significativas entre el Modelo 720, el Modelo D-6 y el Modelo 714, proporcionando ejemplos claros y explicaciones detalladas para que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales sin problemas.
¿Qué bienes se declaran en cada modelo?
Es fundamental entender qué tipo de bienes y derechos están sujetos a declaración en cada uno de estos modelos fiscales. Aunque los tres formularios comparten el objetivo de informar sobre activos importantes, las diferencias radican en el tipo específico de bienes que deben declararse, lo cual puede causar confusión entre los contribuyentes.
A continuación, desglosamos lo que se debe declarar en el Modelo 720, el Modelo D-6 y el Modelo 714, respectivamente, para facilitar la comprensión de sus alcances y requisitos.
Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero
El Modelo 720 se utiliza para declarar bienes y derechos ubicados en el extranjero cuando su valor supera los 50.000 euros. Estos bienes incluyen cuentas bancarias, valores mobiliarios, acciones, participaciones, seguros de vida, bienes inmuebles y otros activos. Es obligatorio presentar este formulario si el valor de estos bienes excede el límite en cualquier momento del año fiscal.
Ejemplo:
Si tienes una cuenta bancaria en el extranjero con un saldo de 60.000 euros a 31 de diciembre, estás obligado a presentar el Modelo 720.
Modelo D-6: Declaración de inversiones en el extranjero
El Modelo D-6 se utiliza específicamente para declarar inversiones en valores negociables en mercados extranjeros. Esto incluye acciones y participaciones en sociedades extranjeras que cotizan en bolsa. El D-6 no está relacionado con bienes inmuebles ni cuentas bancarias, sino exclusivamente con activos financieros.
Ejemplo:
Si compras acciones de una empresa que cotiza en la bolsa de Nueva York y su valor excede los 1.502,53 euros, debes presentar el Modelo D-6.
Modelo 714: Declaración de patrimonio
El Modelo 714 es la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, y se aplica a las personas físicas cuya base imponible del patrimonio neto supera los 700.000 euros (después de aplicar las exenciones autonómicas). A diferencia del Modelo 720, que se centra solo en bienes en el extranjero, el Modelo 714 incluye todos los bienes y derechos, tanto dentro como fuera de España.
Ejemplo:
Si tienes una propiedad en España valorada en 500.000 euros y otras inversiones en el extranjero por un valor de 250.000 euros, estarías obligado a presentar el Modelo 714 si no tienes exenciones aplicables.
¿Quién está obligado a presentar cada modelo?
La obligatoriedad de presentar cada uno de estos modelos fiscales depende de varios factores como el valor de los bienes y derechos, el tipo de activos que se poseen y la residencia fiscal del contribuyente.
A continuación, desglosamos quiénes deben presentar el Modelo 720, el Modelo D-6 y el Modelo 714, según la normativa vigente.
Modelo 720
El Modelo 720 debe ser presentado por todas las personas físicas y jurídicas residentes en España que tengan bienes en el extranjero cuyo valor total supere los 50.000 euros. También están obligados a presentar el modelo aquellos contribuyentes que ya hayan presentado el Modelo 720 en años anteriores y cuyos bienes hayan experimentado un aumento de valor superior a 20.000 euros.
Modelo D-6
El Modelo D-6 está destinado a personas físicas y jurídicas residentes en España que tengan inversiones en valores negociables en mercados extranjeros, siempre que estas inversiones superen los 1.502,53 euros. Es importante destacar que este modelo debe presentarse tanto al inicio como al cierre del año, si las inversiones cumplen con este requisito.
Modelo 714
El Modelo 714 es obligatorio para las personas físicas residentes en España cuya base imponible de patrimonio neto (después de exenciones) supere los 700.000 euros. Sin embargo, cada comunidad autónoma puede tener sus propias exenciones, por lo que es importante consultar la normativa local para determinar si es necesario presentar este modelo.
Fechas límite para la presentación de cada modelo
Cada uno de estos formularios fiscales tiene plazos específicos para su presentación, lo que resulta crucial para evitar sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Ahora te detallamos las fechas límite de presentación de los modelos 720, D-6 y 714.
Modelo 720
El Modelo 720 debe presentarse antes del 31 de marzo de cada año, declarando los bienes y derechos que se posean a 31 de diciembre del año anterior. Es fundamental respetar esta fecha límite, ya que las sanciones por la presentación fuera de plazo pueden ser extremadamente elevadas.
Modelo D-6
El Modelo D-6 tiene dos plazos diferentes. La declaración de inversiones debe realizarse al inicio del año, antes del 31 de enero, para informar sobre las inversiones poseídas a 31 de diciembre del año anterior. Además, en el caso de adquisiciones o enajenaciones de valores, también se debe presentar una declaración dentro del plazo de un mes desde la operación.
Modelo 714
El Modelo 714 debe presentarse entre mayo y junio de cada año, junto con la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En algunas comunidades autónomas, la presentación puede hacerse de manera conjunta con la declaración de la renta.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento en la presentación de cualquiera de estos modelos puede conllevar sanciones importantes. El Modelo 720 es conocido por sus sanciones desproporcionadas, aunque en los últimos años la justicia europea ha instado a España a moderarlas.
Por otro lado, el Modelo D-6 y el Modelo 714 también tienen sanciones asociadas, aunque generalmente son menores.
Ejemplo de sanciones
Un contribuyente que no presenta el Modelo 720 dentro del plazo podría enfrentarse a una multa de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos no declarado, con un mínimo de 10.000 euros.
En cambio, las sanciones por no presentar el Modelo D-6 o el Modelo 714 suelen ser menos elevadas, aunque igualmente importantes si no se cumple con las obligaciones tributarias.
Asegúrate de identificar correctamente qué bienes y derechos posees, para presentar el formulario adecuado y evitar sanciones.